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CONCURSO DE BELENES Y DIORAMAS EN LA LAGUNA

CONCURSO DE BELENES Y DIORAMAS EN LA LAGUNA

BASES REGULADORAS DEL CONCURSO DE BELENES 

SAN CRISTÓBAL DE LA LAGUNA 2009

 

 
Primera.- CONCURSANTES

Podrán optar a este concurso personas físicas o personas jurídicas como asociaciones, empresas o entidades del municipio de La Laguna. También la agrupaciones de personas físicas o jurídicas públicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aún careciendo de personalidad jurídica, puedan  llevar a cabo la actividad objeto de las bases.
 
Cada concursante podrá presentar un solo Belén.

Todos los interesados en participar en el concurso, deberán cumplimentar el impreso de inscripción depositado en el Registro General del Ayuntamiento y acompañar la documentación siguiente:

Las personas físicas deben adjuntar a la solicitud el Documento Nacional de Identidad.

Las personas jurídicas, empresas, entidades, deben acompañar documento bastante en derecho que justifique que la persona que firma la solicitud tiene la representación de la misma a todos los efectos que se deriven de la participación en el concurso.
   
Las Asociaciones deberán estar definidas como tales en sus respectivos Estatutos y deberán estar constituidas legalmente e inscritas en el correspondiente registro.
   
En el supuesto de agrupación de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica, deberá acompañar a la solicitud, haciéndolo constar en ellas, el nombramiento de un representante o apoderado único de la agrupación, con poder bastante para cumplir las obligaciones derivadas de las bases y ser sujeto de derecho en el supuesto de ser perceptor de alguno de los premios.

Segunda.- FECHA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN

El plazo para la presentación de las inscripciones será del 23 de Noviembre al 4 de Diciembre de 2009 y se realizará en el Registro  General del Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, C/Consistorio nº1 en horario de 9.00 a 13.30 horas y en las Tenencias de Alcaldía, según modelo normalizado que se proporcionará para ello en las citadas dependencias.

Tercera.- MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN

Se establecen las siguientes modalidades de participación:

1.- Belén al aire libre.- Pertenecen a esta categoría los realizados al aire libre sobre una superficie, generalmente plana, visibles, al menos por tres lados situados más bajos que el punto de vista del espectador y que no se hayan rematado por celaje alguno ni techo, ni armazón que lo cierre, a excepción de un telón liso en el fondo.

2.- Belén Bíblico.- Se incluyen en esta categoría aquellos Belenes que dotados de perspectiva y proporciones reproducen el paisaje, la flora y la fauna, así como personajes de Palestina en el tiempo contemporáneo a Jesucristo.

3.- Belén Popular A.- Pertenecen a esta categoría los belenes que con medidas inferiores a 4 metros cuadrados están realizados sin seguir normas históricas o carecen de perspectiva, empleando materiales como el corcho, el serrín y el musgo con el papel de plata  e intercalando figuras grandes con pequeñas.

4.- Belén Popular B.- Pertenecen a esta categoría los belenes que con medidas superiores a 4 metros      cuadrados están realizados sin seguir normas históricas o carecen de perspectiva, empleando materiales como el corcho, el serrín y el musgo con el papel de plata e intercalando figuras grandes con pequeñas.

5.- Belén Canario.- Pertenecen a esta categoría los belenes que representan la singularidad canaria con paisaje, flora, fauna, edificaciones y figuras con vestimentas populares.

6.- Belén no tradicional.- Se incluyen en esta categoría los belenes que no responden a ninguna tradición o norma, con utilización de todo tipo de materiales y personajes.

7.- Dioramas.- Son las reproducciones en escala reducida de los nacimientos, enmarcados en un cajón cúbico, construidos con sujeción a unas normas o cánones, que reproducen escenas del nacimiento o infancia de Jesús, vistos a través de una embocadura y con un montaje sencillo. Medidas recomendadas: 100 x 60 y 100 x 70 centímetros.
 
Cuarta.- EXPOSICIÓN AL PÚBLICO

Los Belenes permanecerán abiertos al público desde el día 14 de diciembre de 2009 hasta el 7 de enero de 2010, al menos durante tres horas diarias en horario de tarde. Los días  25 de diciembre y 1 y 6 de enero podrán abrirse de forma discrecional.

Quinta.- EL JURADO
            
Los belenes serán valorados por un jurado constituido por personas  con conocimientos acreditados del objeto de la convocatoria.

Le corresponderá también la facultad de interpretación y resolución de las incidencias que se produzcan.
           
El fallo del jurado será inapelable y se publicará en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, publicándose, además, en los periódicos locales de mayor difusión.
               
La visita del jurado a los belenes participantes se efectuará durante los días 11, 12 y 13 de Diciembre, sin la obligación de ser comunicada con antelación a los participantes en el presente concurso, emitiendo fallo el día 15 Diciembre y publicándolo el 16 de Diciembre.

Sexta.- PREMIOS

Para cada modalidad de Belén se otorgarán un primer, un segundo y un tercer premio. Asimismo está prevista la posibilidad de conceder un máximo de dos accésit por cada modalidad si la calidad de los trabajos así lo requiere.

La obtención de un primer premio en una misma modalidad tres años consecutivos, implicará la obtención del “Premio Belenista de La Laguna”, pasando a tener un sitio de privilegio en las sucesivas ediciones, así como optando a la participación en años posteriores en una modalidad propia.

El jurado puede declarar desierto cualquier premio de cualquier categoría, cuando la calidad de los trabajos no resultase suficiente.

Los premios tendrán la siguiente cuantía:

-   Primero premio: 600,00 euros, placa y diploma conmemorativo.

-   Segundo premio: 450, 00 euros, placa y diploma conmemorativo.

-   Tercer premio: 300,00 euros, placa y diploma conmemorativo.

La entrega de premios se realizará en un acto organizado en la Concejalía de Cultura el 22 de Diciembre de 2009.

Séptima.- OBLIGACIONES DE LOS PREMIADOS

Una vez concedidos los premios por el órgano competente, los ganadores deberán acreditar mediante la oportuna certificación, estar al corriente de las obligaciones fiscales con la Hacienda Municipal y cumplimentar el Modelo establecido de determinación de cuenta bancaria para el pago de obligaciones por transferencia, en un plazo no superior a diez días naturales desde la publicación de los mismos en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
El incumplimiento, dentro del plazo establecido, de la presentación en la Delegación de Cultura de la documentación relacionada en el apartado anterior, determinará que quedan decaídos en su derecho al cobro de los premios al haber incumplido las obligaciones impuestas como condición para ello.

Octava.- ACEPTACIÓN

La inscripción en este concurso supone el conocimiento y la aceptación de las presentes bases. El incumplimiento por los participantes de lo previsto en las mismas llevará aparejado la descalificación.

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